Los edificios de tipología residencial
de vivienda colectiva (incluye hoteles o residencias) con una antigüedad
superior a 50 años deben obtener el informe de Evaluación del Edificio.
Dicho informe además de una evaluación sobre el estado de conservación del edificio, incluye la evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal de acuerdo con la normativa vigente y la certificación energética del edificio.
Dicho informe además de una evaluación sobre el estado de conservación del edificio, incluye la evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal de acuerdo con la normativa vigente y la certificación energética del edificio.
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