miércoles, 22 de enero de 2014

¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A SOLICITAR EL INFORME DE EVALUACION DEL EDIFICIO?


La obligación de someter a un IEE las edificaciones recae en los propietarios de las mismas, quienes deberán encomendar a un técnico facultativo, cada diez años, la realización de un informe de evaluación del edificio.

El Informe de Evaluación se realizará por encargo de la comunidad o agrupación de comunidades de propietarios que se refieran a la totalidad de un edificio o complejo inmobiliario extenderá su eficacia a todos y cada uno de los locales y viviendas existentes

La realización del IEE conlleva la presentación del informe por el propietario, ante el Ayuntamiento del término municipal en el que radique el inmueble.

El coste del IEE será a cuenta y cargo de la propiedad, sin perjuicio de las subvenciones o ayudas que se puedan conceder.

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